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Alerta Roja para salvar al sector de conciertos

Este 17 de septiembre habrá una serie de movilizaciones de la mano de Alerta Roja por toda España con motivo de apoyar al sector y exigir una serie de medidas necesarias que lo protejan 

Aunque con un pequeño rayo de esperanza intermedio, el sector de los eventos  y  conciertos ha sido, de cara a las medidas impuestas por la crisis del COVID-19, no solo uno de los más afectados si no también ignorados de cara a solventar los derrumbes económicos que están causando las constantes pérdidas diarias sin ayudas por parte del estado. Se estima que este sector cubre unos 700.000 puestos de trabajo en España y representa el 3.8% del Producto Interior Bruto.

Por si fuera poco, la estigmatización del sector como foco de contagios y rebrotes mientras grandes terrazas u otros espectáculos como las corridas de toros hacen que la imagen de este se manche además de estar desprotegida.

Por ello nace el movimiento “Alerta Roja”, un movimiento creado por la organización M.U.T.E (compuesto por “37 organizaciones y colaborativas y que se unen bajo un eje neutral, abierto y apolítico basado en el Movimiento Internacional de la Industria Cultural del Espectáculo y los Eventos”) Ibérica que promoverá movilizaciones en apoyo al sector de espectáculos y eventos para conseguir una serie de medidas al gobierno de modo que se puedan subsanar de cierta manera las pérdidas económicas, así como reactivar de manera inmediata las agendas culturales y de eventos de las administraciones públicas, bajo el estricto cumplimiento de todos los protocolos de seguridad sanitaria.

Es imprescindible una movilización como esta para, de una vez por todas, reivindicar la importancia del sector de conciertos y salas. Si estás interesado en asistir a alguna manifestación, estas se harán en Alicante, Albacete, Badajoz, Barcelona, Bilbao, Córdoba, Girona, Granada, Ibiza, Las Palmas, Lleida, Logroño, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Pamplona, Santiago de Compostela, Sevilla, Tarragona, Tenerife, Valencia, Valladolid, Vigo y Zaragoza.

Para más información, visita www.alertarojaeventos.com. A continuación os adjuntamos el manifiesto completo de las medidas exigidas:

1º.- Que se reconozca al Sector del Espectáculo y los Eventos entre los sectores principalmente afectados por la pandemia de la Covid-19. Consideración por instituciones y administraciones públicas como un sector especialmente perjudicado y prioritario.

2º.- Reactivación inmediata de las agendas culturales y de eventos de las administraciones públicas, bajo el estricto cumplimiento de todos los protocolos de seguridad sanitaria.

Para los trabajadores autónomos:

3º.- Prórroga de la prestación especial por cese de actividad, hasta su reactivación con una recuperación del 100% de aforos, a los que continúan con su actividad paralizada, con exención al 100% de la cuota del RETA, y posibilidad de acceso reduciendo el requisito de la disminución de ingresos al 30% en relación con los mismos trimestres del año anterior. Cotización escalonada según días trabajados.

4º.- Adopción de medidas legislativas específicas para los que, debido al carácter estacional e intermitente de la actividad, no se encontraban de alta en el sistema de la seguridad social o se encontraban de baja por enfermedad en el momento de inicio de la pandemia. Acceso a las prestaciones por cese de actividad.

5º.- Reconocimiento de cese de actividad Extraordinaria por fuerza mayor a los trabajadores autónomos con menos de 2 años de alta en el RETA. Acceso a las prestaciones por cese de actividad hasta su reactivación con una recuperación del 100% de aforos.

6º.- Reducción del tipo impositivo y/o establecimiento de deducciones en la cuota del IRPF para trabajadores autónomos y profesionales del sector desde su incorporación a la actividad, teniendo en cuenta la estacionalidad e intermitencia de su actividad.

Para los trabajadores por cuenta ajena:

7º.- Durante el periodo de inactividad, y hasta que se reactive con una recuperación del 100% de los aforos, los trabajadores no verán consumido su derecho a prestaciones y/o subsidios, teniéndose en cuenta el carácter retroactivo de esta medida desde el 14 de marzo del 2020.

8º.- Reconocimiento de la actividad como intermitente y adopción de medidas legislativas referentes al régimen de cotización y protección social, permitiéndose la obtención automática de prestaciones de desempleo en cada periodo de inactividad que sucede entre contrato y contrato de trabajo una vez alcanzadas un número de horas mínimas.

Para las empresas:

9º.- Recuperación de los ERTE por fuerza mayor total con exención del 100% de las cotizaciones en seguridad social, hasta que sea posible trabajar con el 100% de los aforos y mantener la prestación de todo el personal afectado por un ERTE en el 70% de la Base Reguladora.

10º.- Adaptación específica de los instrumentos de regulación de empleo a la estacionalidad e intermitencia de la actividad según se vaya recuperando la actividad. La nueva regulación de la fuerza mayor parcial resulta totalmente incompatible con las dinámicas de trabajo de este sector que únicamente precisan de la reincorporación de trabajadores para escasos días, incluso para estos supuestos, se debe cotizar tanto por los trabajadores reactivados como por los trabajadores que continúan en el ERTE, lo que implica que las empresas del sector tengan que trabajar a pérdidas.

11º.- Reducción del tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para los ejercicios 2020 y 2021, y aplazamientos excepcionales sin garantías en deudas tributarias de cualquier cuantía, a 18 meses sin intereses. Exención para los mismos periodos del Impuesto sobre actividades económicas, Impuesto sobre Bienes Inmuebles afectos al desarrollo de la actividad, así como tributos locales, tasas e impuestos especiales vinculados al desarrollo de la actividad empresarial.

Para el sector:

12º.- Establecimiento de ayudas directas a autónomos y empresas del sector que acrediten una disminución del volumen de ingresos superior al 50% en relación con el ejercicio anterior, vinculadas o no a la inversión realizada en ejercicios anteriores y al nivel de endeudamiento. 

13º.- Aplicación del IVA reducido en los sectores vinculados a la Industria Cultural, del Espectáculo y Turismo de Congresos, Reuniones, Incentivos y Eventos (MICE), como medida dinamizadora de la actividad.

14º.- Moratoria en créditos ICO hasta la reactivación de la actividad entendida como la recuperación del 100% de los aforos.

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